En una tienda de ropa que se vende, el Arquitecto de Estudio TREO compara la habilitación anterior con el local, junto al vendedor y a la compradora

Compra de un fondo de comercio

Transferir una habilitación en CABA

Si estás comprando un fondo de comercio o cambiando la titularidad de una sociedad, la autorización no se transfiere sola. La Ley 6101 la sujeta a aprobación previa de la Agencia Gubernamental de Control, y el trámite se llama transmisión.

La transmisión

Qué es, y qué no es

El artículo 20 de la Ley 6101 dice que la cesión o transferencia de autorizaciones por actos entre vivos «estará sujeta a aprobación previa de la autoridad de aplicación cuando se encuentren dentro de sus plazos de vigencia». «Previa» es la palabra que define todo.

Tres casos

Venta, cambio de nombre u orden judicial

La Res. 96/AGC/25 prevé tres clases: la transferencia entre partes, el cambio de denominación de una sociedad (mismo CUIT, con la reforma inscripta en la IGJ) y la que dispone un oficio judicial.

No es nueva

Se apoya en la que existe

La AGC verifica, como requisito indispensable, que el local tenga antecedentes de habilitación otorgada. Por eso es más simple que habilitar de nuevo, pero también hereda lo que esa habilitación tenga.

Sin edictos

Un trámite menos

La Res. 96/AGC/25 eliminó el requisito de publicar edictos que se le pedía al ciudadano para transferir la habilitación. Si alguien te los cobra para este trámite, preguntá por qué.

Qué se presenta

La manifestación y la declaración del profesional

La manifestación de transmisión, con los datos de quien cede, de quien recibe y del local, y las declaraciones juradas de derecho de ocupación, de legítima transmisión entre las partes y de cumplimiento normativo. El documento de la habilitación que se transmite: certificado, plancheta u oblea con QR.

Y una declaración responsable de actualización de datos, firmada por el titular y por un profesional matriculado, que manifiesta que el local «mantiene las mismas condiciones» con las que se autorizó. Esa firma es la nuestra.

Lo que hacemos

Comparar el papel con el local

Pedimos la constancia de la autorización vigente y la comparamos con el local real: rubro, superficie, distribución y condiciones. Si coincide, firmamos la declaración y presentamos la transmisión.

Si no coincide, no firmamos que coincide. Te decimos qué opciones hay antes de presentar nada, cada una con su costo y su plazo, para elegir con los números a la vista.

Si el local cambió

La transmisión sale, pero condicionada

La Res. 96/AGC/25, artículo 33, prevé que si hay modificaciones en el local, la transmisión se concede en las mismas condiciones en que se autorizó el trámite original, y la AGC intima al nuevo titular a adecuarlo con una redistribución de usos o una ampliación de rubro o superficie, en el plazo que fije.

También podés optar por iniciar directamente una autorización nueva. Ojo: eso da de baja de oficio todo trámite anterior sobre el mismo local.

El error caro

Firmar el boleto sin mirar la habilitación

Lo que más vemos es alguien que ya firmó y recién después descubre que el local está autorizado para otro rubro, o que la superficie declarada no coincide con la real porque se cerró un patio o se agregó un entrepiso. Ahí la transmisión arrastra una intimación, con el comprador ya pagando alquiler.

Por eso el orden que recomendamos es al revés del habitual: primero mirar la autorización vigente contra el local, después firmar. Es una consulta corta.

Plazos y avisos

Lo que corre mientras tanto

La transmisión no es un aviso posterior: es una aprobación. Mientras no sale, conviene tener presentes estos plazos.

5 días Para avisar

  • El titular tiene que comunicar los cambios de titularidad, la transformación societaria, la suspensión o el cese dentro de los cinco días (Ley 6101, art. 12).

30 días Para subsanar

  • Si la AGC observa la presentación, hay treinta días desde la notificación para contestar.
  • Y si el trámite de otro titular quedó a mitad de camino, existe la figura «hace suyo el pedido» para continuarlo.

Licencias La fecha

  • Si el negocio va por licencia, mirá la fecha de otorgamiento: se revalida cada quince años.
  • La ley habla de transferir autorizaciones «dentro de sus plazos de vigencia».

¿Estás por comprar un fondo de comercio?

Mandanos por WhatsApp la dirección y la constancia u oblea de la habilitación. Te decimos si coincide con el local antes de que firmes.