El certificado ambiental
¿Qué es el Certificado de Aptitud Ambiental y cuándo lo necesitás?
Para habilitar un local casi siempre hay una pieza ambiental en el circuito: el Certificado de Aptitud Ambiental, que otorga la Agencia de Protección Ambiental. En la mayoría de los rubros sale solo y en minutos. En otros hace falta un profesional, un expediente y, en los casos más complejos, una audiencia pública.
Las categorías
Cinco categorías, y cada rubro trae la suya
La Constitución de la Ciudad, en su artículo 30, exige evaluar el impacto ambiental de todo emprendimiento susceptible de relevante efecto, y la Ley 123 fija el procedimiento. Hoy lo regula la Res. 315/APRA/25, publicada en noviembre de 2025, que dejó sin efecto la Res. 103 de mayo de ese año.
| Categoría | Cómo se obtiene | Vigencia |
|---|---|---|
| Sin Relevante Efecto (SRE) | Automático, sin profesional | Plena, mientras se mantengan las circunstancias declaradas |
| Sin Relevante Efecto con Condiciones (SRE c/C) | Automático, con condiciones que la actividad tiene que cumplir | Plena, mientras se mantengan las circunstancias declaradas |
| Con Declaración Jurada (c/DDJJ) | Un profesional inscripto carga una valoración; si la suma no supera el valor de corte, sale automático | Si supera el valor de corte, pasa a sujeto a categorización |
| Sujeto a Categorización (s/C) | Expediente con profesional inscripto; termina en SRE o CRE | 6 años, si termina en SRE |
| Con Relevante Efecto (CRE) | Evaluación completa, con audiencia pública | 4 años |
Mismo resultado, distinto plazo: un SRE automático no vence por fecha, pero uno que llegó a SRE después de pasar por la categorización dura seis años. Conviene tener a mano cómo se obtuvo el certificado que ya tenés.
Sin profesional
Cuando sale solo
Si tu rubro es SRE o SRE c/C, el certificado se obtiene de manera automática y no hace falta profesional. Alcanza con los datos del establecimiento: domicilio, superficie, cantidad de plantas, datos del titular y rubro según el Código Urbanístico. En el trámite exprés de habilitación se genera solo al completar los formularios.
Con profesional
Cuando necesitás un inscripto
En c/DDJJ, s/C y CRE interviene un profesional inscripto en el Registro de Evaluación Ambiental de la Ley 123. La inscripción dura veinticuatro meses, exige capacitación de la APRA, y sólo quienes se inscribieron con título universitario pueden intervenir en casos con relevante efecto.
En Estudio TREO, la parte ambiental la firma un profesional del Estudio inscripto en ese registro y habilitado también para casos con relevante efecto.
El camino largo
Si la actividad tiene relevante efecto
El área de Evaluación de Impacto Ambiental analiza la información y elabora un Informe Técnico de Categorización con las condiciones a cumplir. Después se expide la Comisión Interfuncional de Habilitación Ambiental. Con el Informe jurídico, se convoca a audiencia pública dentro de los diez días. Terminada esa etapa, se firma la Declaración de Impacto Ambiental y se emite el certificado.
Si tu actividad está en este grupo, el certificado ambiental es el camino crítico de la habilitación: todo lo demás se ordena alrededor de sus tiempos.
Antes de empezar
Dos cosas que suelen aparecer tarde
Todas las presentaciones tienen carácter de declaración jurada (Res. 315, art. 3): declarar mal la superficie o el rubro no es un error de carga.
Y antes de iniciar el certificado hay que cumplir la normativa de sitios potencialmente contaminados, la Res. 227/APRA/23. En un local que fue taller, depósito de combustibles o industria, eso puede cambiar el panorama por completo.
Después
Si cambiás algo, si renovás o si cerrás
La Res. 315 aprobó también el procedimiento de renovación y modificación, y uno de cierre o desmantelamiento del uso.
Si cambiás
El certificado describe una actividad
Si cambiás el rubro, la superficie o las condiciones declaradas, lo que tenías deja de describir tu actividad. Se modifica por su procedimiento propio.
Si venía de antes
La transición
Los trámites iniciados antes de la Res. 315 se rigen por la norma vigente cuando se iniciaron, y los certificados CRE o s/C ya emitidos mantienen el plazo que traían hasta vencer.
Si cerrás
También hay trámite
El cierre o desmantelamiento del uso tiene su procedimiento, y la normativa de sitios potencialmente contaminados vuelve a aplicarse en ese momento.
El trámite
¿Dónde se tramita?
Se inicia en la plataforma de Trámites a Distancia con tu CUIT, y el expediente se genera en SIPSA, el sistema de solicitudes de la APRA. Para el certificado alcanza con miBA de nivel 1 (para la habilitación, en cambio, hace falta nivel 3). Si hay observaciones, se subsanan por la misma plataforma.
El organismo
La Agencia de Protección Ambiental
Atiende en Av. Martín García 346, de lunes a viernes de 9 a 13. Y si tu actividad además está catalogada por ruido, el certificado va de la mano de la inscripción en el registro de actividades catalogadas: lo explicamos en ruidoambiental.com.ar.
¿Tu rubro sale automático o necesita expediente?
Mandanos por WhatsApp el rubro, la superficie y la dirección. Te decimos la categoría y qué tiempos hay que prever.